viernes, 4 de octubre de 2013

LA EXPROPIACIÓN ESTATAL CHILENA DE LOS CADAVERES HUMANOS.

Se acaba de promulgar en Chile una ley que considera a todos como donantes obligados de sus cuerpos al fallecer, poniendo trabas para declararse como no-donante.-

Presentamos el Texto |
 de la Ley 20673 de la República de Chile y luego algunos comentarios de El Cartero y de sus corresponsales: | 



     "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 19.451, que establece normas sobre trasplante y donación de órganos:      1) Reemplázase el artículo 2º bis por el siguiente:      "Artículo 2° bis.- Las personas cuyo estado de salud lo requiera tendrán derecho a ser receptoras de órganos.      Toda persona mayor de dieciocho años será considerada, por el solo ministerio de la ley, como donante de sus órganos una vez fallecida, a menos que hasta antes del momento en que se decida la extracción del órgano, se presente una documentación fidedigna, otorgada ante notario público, en la que conste que el donante en vida manifestó su voluntad de no serlo. El notario deberá remitir dicha información al Servicio de Registro Civil e Identificación para efectos del Registro Nacional de No Donantes, según lo establezca el reglamento respectivo.
     "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 19.451, que establece normas sobre trasplante y donación de órganos:      1) Reemplázase el artículo 2º bis por el siguiente:      "Artículo 2° bis.- Las personas cuyo estado de salud lo requiera tendrán derecho a ser receptoras de órganos.      Toda persona mayor de dieciocho años será considerada, por el solo ministerio de la ley, como donante de sus órganos una vez fallecida, a menos que hasta antes del momento en que se decida la extracción del órgano, se presente una documentación fidedigna, otorgada ante notario público, en la que conste que el donante en vida manifestó su voluntad de no serlo. El notario deberá remitir dicha información al Servicio de Registro Civil e Identificación para efectos del Registro Nacional de No Donantes, según lo establezca el reglamento respectivo.      En caso de existir duda fundada respecto de la calidad de donante, se deberá consultar en forma previa sobre la extracción de uno o más órganos del fallecido, por orden de prelación, a las siguientes personas: a)   El cónyuge que vivía con el fallecido o la persona que convivía con él en relación de tipo conyugal. b)   Cualquiera de los hijos mayores de 18 años. c)   Cualquiera de los padres. d)   El representante legal, el tutor o el curador. e)   Cualquiera de los hermanos mayores de 18 años. f)   Cualquiera de los nietos mayores de 18 años. g)   Cualquiera de los abuelos. h)   Cualquier pariente consanguíneo hasta el cuarto grado inclusive. i)   Cualquier pariente por afinidad hasta el segundo grado inclusive.      Se entenderá por duda fundada el hecho de presentar ante el médico encargado del procedimiento documentos contradictorios o la existencia de declaraciones diferentes de las personas enunciadas en el inciso anterior.
     "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 19.451, que establece normas sobre trasplante y donación de órganos:      1) Reemplázase el artículo 2º bis por el siguiente:      "Artículo 2° bis.- Las personas cuyo estado de salud lo requiera tendrán derecho a ser receptoras de órganos.      Toda persona mayor de dieciocho años será considerada, por el solo ministerio de la ley, como donante de sus órganos una vez fallecida, a menos que hasta antes del momento en que se decida la extracción del órgano, se presente una documentación fidedigna, otorgada ante notario público, en la que conste que el donante en vida manifestó su voluntad de no serlo. El notario deberá remitir dicha información al Servicio de Registro Civil e Identificación para efectos del Registro Nacional de No Donantes, según lo establezca el reglamento respectivo.      En caso de existir duda fundada respecto de la calidad de donante, se deberá consultar en forma previa sobre la extracción de uno o más órganos del fallecido, por orden de prelación, a las siguientes personas: a)   El cónyuge que vivía con el fallecido o la persona que convivía con él en relación de tipo conyugal. b)   Cualquiera de los hijos mayores de 18 años. c)   Cualquiera de los padres. d)   El representante legal, el tutor o el curador. e)   Cualquiera de los hermanos mayores de 18 años. f)   Cualquiera de los nietos mayores de 18 años. g)   Cualquiera de los abuelos. h)   Cualquier pariente consanguíneo hasta el cuarto grado inclusive. i)   Cualquier pariente por afinidad hasta el segundo grado inclusive.      Se entenderá por duda fundada el hecho de presentar ante el médico encargado del procedimiento documentos contradictorios o la existencia de declaraciones diferentes de las personas enunciadas en el inciso anterior.      Para los efectos de su intervención en el procedimiento de trasplantes, la enumeración precedente constituye orden de prelación, de manera que la intervención de una o más personas pertenecientes a una categoría excluya a las demás comprendidas en la misma categoría y en las categorías siguientes.      En el caso de que varias personas se encuentren en igualdad de condiciones para la recepción de un órgano, el hecho de no estar inscrito en el Registro de No Donantes deberá tomarse en cuenta para priorizarlo respecto del que sí lo está.".
COMENTARIO DE PETRAS PETRUS DE PETRIS A ÉSTA RECIEN PROMULGADA LEY CHILENA DE DONACIÓN OBLIGADA DE ÓRGANOS VITALES HUMANOS:
Estamos en presencia de una expropiación estatal de todas las personas.
¿De todas las personas que vivan en Chile, o solamente de los chilenos, también de los extranjeros que estén de paso por Chile?
Estamos en presencia de una expropiación obligatoria, que no contempla indemnización alguna, algo así como si los restos mortuorios fuesen recursos naturales del subsuelo que constitucionalmente pertenecen al Estado.
El registrarse como no-donante es una flagrante hipocresía porque tiene un costo pecuniario y de tiempo, que tiene que pagar el que no quiere que su cuerpo sea expropiado por el Estado.
El Estado quiere todos los cuerpos para sí y criminaliza a quienes pretendan dedicarse a la comercialización libre de partes del cuerpo.
Cuando Mussolini decía "TODO EN EL ESTADO", no creo que siquiera haya imaginado la posibilidad de que esa afirmación alcanzase a los cuerpos de las personas.
Curiosas CONTRADICCIONES  del gobierno de Piñera: el voto para elegir autoridades (presidente y alcaldes) o representantes (senadores, diputados, concejales municipales y consejeros regionales), que debiera ser considerado siempre como una obligación cívica de todos los ciudadanos, se deprecia como voto voluntario, mientras que el disponer del cuerpo post-mortem que siempre debiera mantenerse como una atribución y responsabilidad de la familia del occiso, deviene en la obligación familiar de someterse al arbitrio estatal, o sea gubernamental o burocrático, para que el cuerpo sea despostado según crean conveniente los funcionarios.
Frente al hecho de que ahora es la autoridad quien dispondrá de los cuerpos de los muertos, ¿que argumento tendrán los familiares de "los detenidos desaparecidos" para exigir que les devuelvan los restos de sus seres queridos, siendo que fué el estado quien dispuso de ellos?

La donación de órganos corporales humanos es un asunto debatible. 
Más aún, es un asunto que debió haber sido debatido antes no solamente por los señores parlamentarios.
Pero no se debatió.
Como tantas otras cosas importantes para "los ciudadanos" (o sea, para los chilenos), como la misma abolición de la pena de muerte, simplemente se dictó y se impuso por parte de funcionarios del Ministerio de Salud y de los parlamentarios, a contrapelo de las demás opiniones y sin considerar las consecuencias que semejante imposición traería consigo.
Es un nuevo triunfo de la sensiblería ambiente.
¿Porqué no se quiso abrir la discusión pública?
¿Porqué se teme al debate y a la controversia?
La donación de sí mismo, y por ende de partes de nuestro personal cuerpo, es una expresión de amor al prójimo, no de amor al que no es próximo; implica que se debe sentir que la propia vida se continúa en alguien que tiene comunidad con uno (la familia, la patria), pero siempre se tiene que ejercer con libertad, sin que nadie te lo imponga.
Si es impuesto ya no vale como amor al prójimo.
Pasa a ser un impuesto más que debe pagar un vasallo para el regocijo de quienes consideran que los vasallos son un bien de consumo más, y que además pueden ser despostados.
El Estado de nuevo es solamente un instrumento de quienes quieren mercantilizar todo, incluso los restos humanos.
 Por eso mismo se debe validar la libertad personal para decidir autónomamente y sin presiones respecto de la continuidad de nuestros órganos vitales en otras personas.
PETRAS.-
COMENTARIO DE Sergio El Penquista:
Esa fuerza de ocupación llamada "Estado chileno", contrarresta su progresiva ilegitimidad imponiendo mayores restricciones a la libertad de sus sometidos. Lo he señalado reiteradamente: Chile vive bajo una dictadura "democrática".-
La donación de órganos, como también otras acciones solidarias, sólo pueden darse, y espontáneamente, en el seno de una sociedad nacional cohesionada en torno a dos factores fundamentales: raza y cultura.-
Supongo que nadie de nosotros se negaría a ceder sus órganos (incluso en vida) a un familiar cercano. Habría la misma disposición hacia otras personas si se pudiera estructurar una Gran Familia Nacional. Pero, yo por lo menos, jamás podría aceptar que mis órganos siguieran viviendo en un individuo que no pertenezca a la auténtica comunidad chilena.-
No es sólo una cuestión de independencia personal, ni siquiera es eso lo más importante; pesa mucho más el factor social, es decir, la configuración de la sociedad. Eso es el nacionalismo. La libertad individual se cedería gustosamente cuantas veces viéramos que ello beneficia a quienes consideramos miembros naturales de nuestra nación; tal como ocurre (sin leyes de por medio) en nuestro minúsculo universo 
familiar.- 
Y eso que tú señalas es absolutamente cierto en los remedos de "naciones" que hoy existen, en las cuales no sólo es legítimo poner la libertad y el interés personal por sobre todas las cosas, sino que se justifica el egoísmo más extremo. 
Sin embargo, en una sociedad verdaderamente nacional funcionando en plenitud o, dado que tal situación no es posible en el mundo actual, en una comunidad cerrada formada voluntariamente por chilenos (y eso sí que es factible), la libertad personal tendería espontáneamente a subordinarse al interés colectivo.
(slch-b)

COMENTARIO DE XAVIER EL PARISIEN:
Quienes escriben estas cosas son personas conscientes de que el respeto de la libertad y la consciencia de las personas deben ser respetadas, que la dignidad del ser humano impide que sea utilizado hasta su cuerpo para fines meramente comerciales. Para esto no se necesita ninguna religión aunque ayude tener aquella que defiende estos valores.
Claro que para aquellos que han vendido su alma al totalitarismo, mercantilismo y mercantilismo imperante,
es decir aquellos todos aquellos que se han rebajado a la condición de seres por debajo de la condición animal,
esto no importa y es normal.

Que locura mas grande!! Lo único que no dice esta ley es que los órganos no se extraen de muertos,
pero de cuerpos que estan en el limite de la muerte. Los accidentados que parecen no tener vuelta.  No se puede extraer un órgano en cualquier condición corporal.
Aqui (en Francia) es el contrario, hay que decir si se quiere,  y no si no se quiere.
Esto por simple declaración, nada de notarios.

Te aporto esto solo porque parece que no toman en cuenta que los organos para trasplantes estan sometidos a condicionamientos estrictos Y es probable que el comercio de organos no sea solo para los trasplantes sino como materia prima para otro tipo de productos farmaceuticos, cosmeticos, industriales, o que se yo.
A parte de este punto, estoy completamente de acuerdo con lo que dicen, defensa atice y moral de la dignidad humana no reducible a un objeto mercantil. Aun mas esto puede explicar el porque de la euforia por la eutanasia, porque seria un medio de obtener órganos vivos.
Más antecedentes en: http://medias-presse.info/?p=903

COMENTARIO DE JUAN CARLOS EL QUILLOTANO:
No hay caso.
Con la ley de donación de órganos, se legaliza entonces, la DEMANDA. 
Vivir artificialmente. Se impone la imitación de la Verdad.


COMENTARIO DE RENÉ EL ENTOMOLOGO:
Con este hecho de que el estado impone la donación de órganos de todos los chilenos...no estoy de acuerdo, 
como la mayoría de los que he leído en Acción Familia...pero ahora me bajó una gran duda: El estado dispondrá 
de una gran suma de órganos, los que así se pueden considerar un recurso renovable más., como otros , entonces....¿el Estado puede hacer negocio, exportar  y vender, órganos para obtener recursos?....suena como ciencia ficción o película de horror, pero ¿si o nó?

COMENTARIO DE JUAN CARLOS EL TECNOLOGO:
Los comentarios huelgan cuando del bufón de palacio se trata, pero lo de esta Ley es algo más serio que una nueva chambonada y estoy disponible para exponer en cualquier foro presencial los alcances éticos y bioéticos del problema.
Si bien es cierto que estoy de acuerdo muchos de los puntos expuestos, no lo estoy con el apelativo de 
"comercial" que se le quiere dar al tema. Insisto: puede ser todo lo mala y perversa la ley, pero se mantiene 
el espíritu altruista del donante, aunque ahora dicho altruismo (por obra y gracia del neoliberalismo) es obligatorio, por tanto, deja de ser altruista y pasa a ser otra cosa que no está debidamente definida.

PETRAS:
De los comentarios recibidos se puede concluir que:
- existe una demanda comercial de órganos vitales para ser transplantados,
- hay quienes consideran a los órganos de los seres humanos como recursos económicos renovables,
- habiendo el Estado Chileno expropiado practicamente la totalidad de los restos mortuorios, cabe sospechar que podrá establecer un stock de ellos para los transplantes y para exportarlos como una "exportación no tradicional más".
Todo lo cual amerita hacer foros para cuestionar ésta nueva ley impuesta por el Gobierno Piñera y los legisladores del Duopolio de la Concertalianza.
PETRAS.-

COMENTARIO DE DAVID EL CALAMEÑO:
Me alegra leer los comentarios porque dan cuenta de estar conscientes de una problemática no menor y que esta en el contexto de: "el negocio de seres humanos".
Cada año hay miles de trasplantes de órganos en el mundo, muchos de estos provienen del mercado negro, un mercado ilegal. Contrabando de estos. Secuestro de personas adultas, de niños. Existe un nuevo concepto sobre capital humano que replantea su definición: ya no se toma como punto de referencia las capacidades intelectuales de la persona, su manera de discernir, su formación académica, el grado de destreza, talento, experiencia en el ámbito laboral, o su capacidad de productividad, que era lo que se entendía por el término: el axioma quedó desvirtuado, ahora el capital humano se define por el valor de los órganos de su cuerpo.Y nosotros lo tenemos graficado en las aseguradoras, en las isapres, cuando nos hablan del valor monetario por la perdida de cualquiera de nuestras extremidades por ejemplo.
Quienes están detras de este mercado, saben que  un mundo convulsionado por la miseria y el desequilibrio social, muchos seres humanos sin los recursos necesarios para subsistir tienen como único respaldo o capital, su cuerpo y como medida desesperada terminan ofertando en el mercado negro sus órganos, para continuar sobreviviendo: lo importante es no desfallecer por el hambre. Se soporta el dolor mas no la miseria. En la minería años atrás, en Chile, cuando la explotación era mayor, hubieron casos que personas las cuales a propósito se cortaban un dedo o más o alguna otra extremidad para obtener beneficios monetarios que no tenían, ya sus sueldos eran de miseria.
Favorecen este negocio con las leyes que legislan en las cámaras de diputados y senadores para donación de órganos y como en Chile, ahora el Estado dueño de nuestro cuerpo( quitándonos nuestro ultimo bastión de libertad).
En lo personal discrepo rotundamente de la donación de órganos. No soy donante y nunca lo seré.
Hoy vivimos en el reinado de "Moloch". Y sus huestes esbirros, han enfermado a nuestros pueblos con diferentes patologías...Ávidos de sangre fresca.
Volver a la vida natural, a comer comida orgánica, vivir bien contra vivir mejor, hacer de la actividad física, como gimnasia, montañismo, excursionismo, diversos deportes lo primero, luego el arte y finalmente las ciencias (que son más fáciles), será la manera de romper con este capitalismo indolente, exacerbado, y tener un pueblo sano en todo el sentido de la palabra.
OTRO COMENTARIO DE JUAN CARLOS EL TECNOLOGO:
David puso énfasis en un punto que ya se tenía claro: el Estado como dueño de los cuerpos que se inició con la supresión del aborto terapéutico... ahí ya no había libertad sobre la disposición de hacer lo que se quiera hacer con la única propiedad que tenemos en realidad... y había algunos que lo aplaudieron. JC

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